El volante es fundamental para la comunicación y agitación en el movimiento social, y ha sido una de las herramientas mas usadas para la difusión de la ANDES.
El derecho de petición es uno de los derechos fundamentales consagrados en el Artículo 23 de la Constitución Política de Colombia. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución.
En términos simples: puedes exigirle información o una respuesta a cualquier entidad pública - incluida tu institución educativa - y están obligados por ley a responderte.
El derecho de petición es la herramienta correcta cuando:
No es la herramienta correcta cuando:
Cualquier persona, sin importar la edad. Un estudiante menor de edad puede presentar un derecho de petición. No necesitas abogado, no necesitas firma de tus padres para casos simples, no necesitas pagar nada.
Según la Ley 1755 de 2015 (que regula el derecho de petición en Colombia):
| Tipo de petición | Plazo máximo de respuesta |
|---|---|
| Petición general de información | 15 días hábiles |
| Petición de documentos | 10 días hábiles |
| Petición de consulta | 30 días hábiles |
Si no te responden en ese plazo, puedes interponer una tutela por vulneración del derecho de petición, que tiene fallo en máximo 10 días.