Antimilitarismo

Tu conciencia no se recluta.

La objeción de conciencia es tu derecho fundamental a negarte a participar en el servicio militar cuando contradice tus principios. No es evasión — es una posición ética protegida por la Constitución.

Art. 18–19
Constitución
C-728/09
Corte Constitucional
Ley 1861
Marco legal
El derecho en pocas palabras
⚖️
Derecho fundamental
Protegido por los artículos 18 y 19 de la Constitución Política de Colombia.
🧭
Sin límite de tiempo
Puedes objetar antes, durante o después del servicio militar. También si estás en la reserva.
🌍
Reconocido internacionalmente
Avalado por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.
🔓
Causal de exoneración
Si eres remiso, declararte objetor te exonera de multas y sanciones.
¿Cómo hacerlo?

3 pasos para
ejercer tu derecho

Regulado por la Ley 1861 de 2017, artículos 4, 12 y del 77 al 80.

1
Paso 01

Reflexiona y declara

Identifica tus razones: éticas, políticas, filosóficas, religiosas o humanitarias. Redacta una declaración honesta que refleje tus convicciones más profundas. Debe ser personal, coherente y sincera.

2
Paso 02

Derecho de Petición

Elabora un Derecho de Petición firmado con tus datos personales y respaldado por pruebas que sustenten tus convicciones. Este documento inicia formalmente tu proceso de objeción ante las autoridades.

3
Paso 03

Comisión Interdisciplinaria

Una comisión del ámbito militar y del ministerio público escuchará tus argumentos y verificará su profundidad. Llega preparado y acompañado. Organizaciones como ACOOC ofrecen asesoría gratuita.

⚠️
¿Ya fuiste reclutado?

Puedes objetar dentro del distrito militar o batallón. Si ya prestaste el servicio y estás en la reserva, también puedes declararte objetor para dejar esa condición. No hay límite de tiempo.

"No estás obligado a hacer lo que tu conciencia rechaza."
— ACOOC · Acción Colectiva de Objetores y Objetoras de Conciencia

Respaldado por la ley y el derecho internacional

Tu derecho a objetar no es un favor — está escrito.

Arts. 18 y 19
Constitución Política de Colombia
Sentencia C-728
Corte Constitucional · 2009
Ley 1861
Congreso de la República · 2017
Pacto Internacional
Derechos Civiles y Políticos · ONU
Colombia

La Corte Constitucional, en la Sentencia C-728 de 2009, reconoció que el servicio militar puede reemplazarse sin vulnerar las convicciones individuales, bajo el amparo de la libertad de conciencia y de cultos.

Internacional

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado que la objeción de conciencia es inherente a la libertad de pensamiento y no puede ser penalizada por los Estados que han ratificado el Pacto Internacional.

¿Necesitas
acompañamiento?

En la ANDES te orientamos. La organización ACOOC ofrece asesoría jurídica gratuita para jóvenes que quieren ejercer este derecho.

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